CONSIDERACIONES SOBRE EL IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS (IGTF)
CONSIDERACIONES SOBRE EL IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS (IGTF)
2/04/2022
Luego de un largo silencio sin escribir, me siento motivada de expresar mi opinión en torno al tema relacionado con el nuevo tributo nominado: Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), reglamentado según decretos publicados en gaceta oficiales extraordinarias N° 6687 y N° 4647 de fecha 25/02/2022. El desconocimiento e incertidumbre ante esta medida, ha creado una expectativa que amerita explicar para crear consciencia y evitar que quienes apuestan por el negocio de la especulación cambiaria logren propiciar nuevas distorsiones en la economía.
Las
finanzas públicas, al igual que las finanzas corporativas, e inclusive las
personales, deben cumplir una premisa: sus ingresos deben cubrir los gastos
necesarios para garantizar la óptima operatividad de su gestión; es decir, los
ingresos deben ser mayores que los gastos, caso contrario, se vería comprometida la estabilidad y sostenibilidad. Sólo el Estado tiene la ventaja de recurrir a
métodos no recomendables para cubrir su déficit, puesto que tiene la facultad de
emitir dinero “nuevo” sin haberlos generados, es decir, dinero sin respaldo (dinero
inorgánico), ocasionando como consecuencia un desequilibrio en la economía
(demanda mayor a la oferta de bienes y servicios) que se manifiesta con un
proceso inflacionario.
El
reciente incremento salarial a Bs. 130 como salario mínimo, significa para la Administración
Pública un fuerte impacto en su presupuesto de gastos de nómina. Los
tabuladores salariales con sus respectivas inter-escalas para todos los
organismos públicos, así como las incidencias salariales derivadas de las
cláusulas contenidas en los convenios colectivos pre-existentes, con seguridad
elevó el gasto de nómina de manera considerable; razón por la cual, la
administración del Estado ha de verse ante el gran reto de incrementar sus
ingresos fiscales para poder cumplir con sus compromisos salariales sin que
tengan que recurrir a medidas que resultarían perjudiciales, lo que terminaría alimentando el monstruo híper inflacionario, condenando al pueblo y diluyendo el
poder adquisitivo de los trabajadores.
En
el pasado, la principal fuente de ingresos del Estado era la renta petrolera,
pero la crisis internacional del precio del petróleo, el bloqueo
internacional, adicionado al deterioro de la producción de petróleo y sus
derivados en la industria petrolera, comprometió la estabilidad de las
finanzas públicas del Estado venezolano. Por otra parte, la continua inestabilidad
económica intensificada desde el año 2016, adicionándose las circunstancias
particulares de la crisis mundial impuestas por la pandemia Covid 2019, además de la INCULTURA FISCAL de los ciudadanos y del sector empresarial, incidió en una disminución en términos
de rentabilidad de la percepción de ingresos fiscales para el Estado, obtenidos
principalmente a través de los tributos más significativos, como los son: el
Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto al Débito Bancario (IDB) y el
Impuesto sobre la Renta (ISLR).
Aunado
a esto, el gobierno cometió el error, justificado o no en la coyuntura del
momento para dinamizar la economía, al haber permitido la libre circulación de
dólares en la economía no sometida a ningún tipo de impuesto. Esta medida convirtió
la economía venezolana en el escenario perfecto para quienes apostaban por la especulación
cambiaria en detrimento y desprecio de nuestra moneda nacional, otrora el
Bolívar Soberano. Asimismo, la informalidad predominó en la economía y el dólar estadounidense se convirtió en lo más codiciado. Me atrevo a afirmar que la masa monetaria que circulaba en la
economía en dólares llegó a ser mayor que la que circulaba en moneda nacional,
lo que significó para el Estado una pérdida importante en sus ingresos
fiscales, pues la informalidad amparaba la evasión fiscal.
Hoy
día el gobierno se encuentra ante el reto de cumplir con las promesas
salariales concretadas y lo más importante, garantizar la estabilidad económica
para que el poder adquisitivo de los trabajadores no sea devorado por una nueva
ola inflacionaria. Para tal fin, resulta obvio que el gobierno tome las medidas
pertinentes para corregir las distorsiones antes señaladas y, procurar mejorar
las estimaciones de recaudación fiscal, especialmente, la obtenida por el débito bancario, incluyendo a las
transacciones realizadas fuera de las instituciones financieras, es decir, las
transacciones realizadas por los contribuyentes especiales a través de
efectivo, divisas, petros u otros cripto-activos.
En este sentido, he de aplaudir a quienes desde el gobierno orquestaron una reingeniería financiera y fiscal, con el fin de recaudar el impuesto que por concepto de débito bancario era obviado por lo contribuyentes especiales al realizar transacciones financieras fuera de las cuentas bancarias. De esta manera, todas la empresas contribuyentes especiales estarán en la obligación de pagar el IGTF de todos aquellos pagos que realicen utilizando otro medio de pago diferente a las cuentas bancarias. Explico: los pagos a proveedores realizados por las cuentas de banco gravan el 2% del IDB, que equivale al IGTF, y es la institución financiera quien paga este impuesto al Fisco; luego entonces, el Seniat exigirá que para que toda factura de compra sea válida para la contabilidad fiscal, que el pago al proveedor realizado por la empresa por otro medio de pago aplique, declare y entere el IGTF, que para el caso de pagos en efectivo, cuentas bancarias personales, o en petros, el IGTF será del 2% (equivalente al débito bancario), y en el caso de ser pagados en divisas o en cripto-activos el IGTF será del 3% (un 1% más). Las empresas estarán obligadas a detallar en la factura fiscal el 3% del IGTF cuando el cliente cancele con divisas en efectivo o cripto -activos, cumpliendo así su rol de sujeto pasivo como agente de percepción. En el caso de que se cancele en divisas con transferencias a terceros del mismo banco en dólares, el IGTF del 3% será retenido y enterado al Fisco por el mismo banco, razón por la cual, la empresa proveedora no deberá realizar el recargo del 3% al valor de la factura.
Con esta medida (IGTF), será corregida la evasión fiscal del Impuesto al Débito Bancario (IDB) por realizar transacciones fuera de las cuentas bancarias, logrando así cumplir con las metas de recaudación fiscal para garantizar el equilibrio fiscal del presupuesto público. De igual manera, se pretende restituir el valor de nuestra moneda nacional y desincentivar el consumo de bienes y servicios pagados en divisas. La desventaja de esta medida es que la economía informal continuará privilegiada compitiendo de manera desleal con quienes sí estarán obligados a cumplir con las imposiciones y podrían ser sometidos a sanciones por su incumplimiento.
Una
vez aclarado la esencia de esta medida, considero que es comprensible,
necesaria e inevitable, para que el gobierno continúe con las medidas pertinentes para
lograr el equilibrio en la economía venezolana. La masa monetaria inyectada a
la economía a través del incremento del poder adquisitivo de los trabajadores
será el combustible con el que se alimentará el aparato productivo y se
dinamizará la economía, así que las expectativas son positivas. Considero que la
matriz de opinión no es favorable, no sólo por desconocimiento de su
fundamentación, sino porque el nombre de “Grandes Transacciones Financieras”, dista mucho de la esencia de este tributo.
Esta
perspectiva, vista desde la óptica financiera, me hace comprender la
incoherencia del gobierno al retroceder ante el anuncio de un incremento salarial
INDEXADO al petro, sin antes corregir las distorsiones en la percepción de sus
fuentes de ingresos. Ya me resultaba incoherente que el gobierno, hoy día, haya indexado todas sus fuentes de ingresos en todos los organismos y niveles de la
administración pública y no diera el mismo trato al gasto de nómina, más aún cuando la premisa del Presidente Maduro
debería ser proteger el poder adquisitivo del nuevo incremento salarial de los
trabajadores venezolanos. Quiero seguir apostando que, una vez implementado y
en marcha este nuevo tributo, que con seguridad incrementará sustancialmente los
ingresos fiscales, luego entonces sí se implementará la indexación del salario.
Ahora
el gran reto para el gobierno será evitar que esta medida incentive el mercado
negro de divisas, para lo cual han de seguir alimentando el mercado cambiario
oficial e incentivar las transacciones financieras en divisas a través del Sistema Financiero Nacional, incluyendo la modalidad de permitir las transferencias
inter bancarias en divisas. El mecanismo oficial aportará comodidad y seguridad,
lo que resultará atractivo en detrimento del mercado negro.
No
me cansaré de seguir confiando en las bendiciones de Dios que han de venir para
el pueblo venezolano, deseando que Dios ilumine a todos los que desde el gobierno
y quienes formamos parte del engranaje de la economía, para que haya disposición en contribuir a la solución de los problemas económicos de nuestro país.
POR QUÉ HAY INFLACIÓN EN VENEZUELA????
VIENEN CAMBIOS POLÍTICOS Y ECONÓMICOS. ESTAMOS PREPARADOS?????
EL SOCIALISMO DEL SIGLO 21 versús EL CAPITALISMO SALVAJE DEL SIGLO 21
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